Triunfa la libertad de expresión sindical en Transcom

3006-arton5871

En una sentencia ejemplar, el Juzgado de Instancia no 1 de Madrid ha propinado un duro reves a quienes, investidos de su poder empresarial en Transcom, se creian inmunes a la critica con nombres y apellidos a sus tropelias laborales. La seccion sindical de CGT en la empresa tenia por costumbre, en sus comunicados y boletines, no solo enunciar los desafueros cometidos contra los derechos de los trabajadores/as, sino nombrar a sus responsables con nombres y apellidos.

La juez tiene claro que esto forma parte de la libertad sindical y de expresion y que en todo momento la seccion de CGT persiguio el legitimo fin de proteger los intereses de los afiliados/as y trabajadores/as, que como dice la ley pasa por el uso de todos los medios legitimos a su alcance, incluida la libre expresion sindical. Asi, recuerda que una sentencia del Tribunal Constitucional establece ?gel derecho de los sindicatos a ejercer aquellas actividades dirigidas a la defensa, proteccion y promocion de
los intereses de los trabajadores, desplegando los medios de accion necesarios para que puedan cumplir las funciones que constitucionalmente le corresponden. (…) Dentro de dicha actividad ha de enmarcarse, como instrumento de la accionsindical, la utilizacion de los derechos a la libertad de expresion y a la libertad de informacion, citandose entre otras las SSTC 143/1991, 1/98 y 213/02.?h

Es decir, que estas criticas, siempre que no falten gravemente a la verdad, forman parte de la accion sindical y no van dirigidas a la esfera personal de los representantes empresariales, sino a sus practicas laborales. La juez afirma incluso que no se requiere una plena veracidad de los hechos denunciados, sino una minima diligencia en su comprobacion. Por el lado contrario, deja sentado que los directivos de las empresas estan sometidos a esa critica en tanto en cuanto son responsables de las acciones de la compania a la que representan. Llega incluso a descalificar algunas de las acusaciones de los demandantes por ser claras tergiversaciones de la realidad, como cuando confunden que se califique sus actos como felonias con que se los llame ?gfelones?h.

Bueno, una vez superada esta intentona de desviar la atencion de la seccion sindical de CGT en Transcom, los companeros/as siguen defendiendo los intereses de los trabajadores/as, como siempre ha sido en todas y cada una de sus acciones y manifestaciones, tal como reconoce ahora el juzgado.

Y esta claro que LOS DERECHOS NO SE MENDIGAN, SE EJERCEN DIA A DIA. VIVA LA LIBERTAD SINDICAL, ABAJO LA REPRESION EMPRESARIAL.

Comparte

Últimas noticias