El Tribunal Supremo avala las inscripciones erróneas, realizadas en 1936 por los golpistas, en el registro civil de Cordoba

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El Alto Tribunal deja en completo desamparo y condena al pago de 3000 euros a una jubilada que exigia responsabilidades por la inscripcion defectuosa de la muerte de su padre

El Tribunal Supremo acaba de hacer publica una sentencia que, de hecho, supone avalar y dar por buena una inscripcion erronea en el Registro Civil. Ese error en la inscripcion de fallecimiento de Luis Dorado, diputado malagueno en el Congreso que fue asesinado por los militares sublevados contra la II Republica, impidio a su viuda cobrar durante 12 anos la pension de viudedad que se establecio al comienzo de la Transicion (1979).

La reclamacion fue interpuesta por su hija, jubilada en el momento de interponerla, 2007, y hoy ya fallecida. El tribunal, ademas de no atender la reclamacion de compensacion economica por los prejuicios causados por la mala practica del juzgado responsable del Registro Civil de Cordoba, tampoco tuvo consideracion a la condicion de jubilada de la demandante a la que condeno al pago de las costas de la abogacia del estado. Unas costas que cifro en la cantidad de 3000 euros que ya han sido reclamados por el abogado del Estado a la procuradora de la reclamante.

La Sentencia de la Seccion Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo no atiende, como ya tampoco habia hecho la Audiencia Nacional, a la circunstancia de hallazgo posterior del documento en el Archivo Municipal en 2006, hallazgo realizado sin ningun tipo de colaboracion por las Administraciones, entiende que la posibilidad de reclamar prescribio para la familia en 1994 pese a que entonces no disponian de medio alguno para acreditar que existia correspondencia entre el documento que hablaba de varon desconocido y la realidad de las circunstancias de la muerte por ejecucion o fusilamiento de Luis Dorado Luque, y no ve indicios en la actuacion administrativa o judicial que apunten a que se haya creado indefension. La sentencia tambien acusa a la recurrente de intentar burlar las previsiones de la Ley de Memoria Historica, cuando dicha norma no fue nunca invocada por la representacion procesal en su demanda y posterior recurso, que nada tenian que ver con la misma, y porque ademas la vaciedad de contenido de dicha ley permitio por ejemplo al Ayuntamiento de Cordoba paralizar la apertura de la fosa comun y localizacion de los restos de Luis Dorado. E impone las costas de la instancia, si bien reduciendo las mismas a la cantidad de 3000 euros, aunque la Sala cuenta con la posibilidad legal de reducir aun mas estas o ni tan siquiera imponerlas. La Abogacia del Estado insto la tasacion de las costas presentando su minuta solo dos dias despues de haber sido notificada la sentencia a las partes, tasacion que fue aprobada solo 5 dias despues por la Secretaria de la Sala, en un alarde de celeridad insolita en un organo jurisdiccional tan colapsado de asuntos.

El Sindicato de Ensenanza de la CGT de Malaga que presto los servicios juridicos de su abogado, Felipe Navarro Martinez, ante las dificultades economicas que atravesaba la hija del diputado asesinado, Luis Dorado, manifiesta su estupor por una sentencia que resta importancia y quita responsabilidad al encargado del Registro Civil, institucion que debe velar por la veracidad de lo inscrito en sus paginas ya que se ?gconvierte en “verdad oficial” con presuncion iuris tantum de exactitud registral?h.

Para la familia de Luis Dorado y para nuestro sindicato la inscripcion en el Registro Civil del fallecimiento del diputado como ?gVaron desconocido, que lleva la documentacion de Luis Dorado?h, siempre fue considerado como un intento de los responsables del juzgado de Cordoba de sembrar dudas acerca del destino de un destacado diputado del PSOE de la epoca. No es el unico caso de registros irregulares para alimentar rumores sobre deserciones o huidas para desacreditar a destacados militantes republicanos. Sin embargo, hasta el ano 2007, la familia solo tuvo sospechas, sin apoyo documental en el que basar su reclamacion, de esta inscripcion maliciosa. En ese ano, y despues de muchos intentos baldios, la familia tuvo acceso al Libro Necrologico General de Cordoba en el que aparece registrado con su identidad correcta desde el mismo momento de su inhumacion, cinco dias antes de la inscripcion de su fallecimiento en el Registro Civil.

Solo en ese momento se pudo constatar documentalmente la actuacion maliciosa del responsable del registro que produjo danos morales y patrimoniales a la familia del diputado Luis Dorado Luque. La sentencia actual del Supremo, no solo resta importancia a esa inscripcion erronea, que aun hoy en dia sigue sin corregirse, sino que ademas condena a la parte que resulto perjudicada por una mala actuacion de un ente de la Administracion a pagar 3000 euros al propio estado que le causo el perjuicio. Algo realmente incomprensible para la familia del asesinado y para este sindicato.

El area de la Memoria Historica de CGT.A viene apoyando desde hace mas de dos anos la modificacion, a fondo, de la ley de Registro Civil (ahora en el Congreso de los Diputados) para que se favorezca la inscripcion de miles de desaparecidos/fusilados tras el golpe de Estado del 18 de Julio del 36. De muchos de esos miles de ?gdesaparecidos?h ya se cuenta con suficiente informacion como para que fueran inscritos (o corregidos sus datos) de oficio por los juzgados correspondientes. Los procesos de inscripcion a realizar por la familia puede comportar un gasto de entre 1.500 y 4.000 ? y tardar hasta varios anos desde que se solicita, de ahi que se venga solicitando, tambien, la gratuidad de estas gestiones.

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