Comunicaciones de traslados a trabajadores de la Dirección General de Fondos Agrarios de la Junta de Andalucía

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Tras varias semanas de falsa calma, la Direccion vuelve a las andadas con sus estrategias de presion y miedo dirigido al mismo colectivo, los trabajadores de la Direccion General de Fondos Agrarios (DGFA), que ya sufrio una Modificacion Sustancial de Condiciones de Trabajo (MSCT, art. 41 ET) en 2013 y 2014 y, en febrero y marzo de este ano, se vio de nuevo afectada por una nueva medida de MSCT que finalizo con el resultado de SIN ACUERDO, tras la pertinente consulta a los trabajadores.

El mensaje que la Direccion transmite siempre que puede, y asi nos lo comunico en la ultima negociacion de la MSCT planteada hace unos meses, es que TRAGSATEC tiene perdidas en la Encomienda de la DGFA desde hace tiempo. Todos los que trabajamos en dicha encomienda hemos visto como a lo largo de mas de 10 anos se han obtenido amplios margenes de beneficio por trabajador, debido fundamentalmente al ahorro en costes de produccion, y organizacion, ya que todos estos gastos han sido asumidos durante anos por la Junta de Andalucia.

CGT entiende que las medidas tomadas por la Direccion de la empresa ?gpresuntamente?h encaminadas a la reduccion de costes, no hacen mas que esconder una postura absolutista y despotica, en la que la empresa aun teniendo el poder de aplicar unilateralmente la medida de reduccion de jornada y sueldo sin la necesidad de ningun acuerdo gracias a la ultima reforma laboral, opta por aplicar medidas puramente sancionadoras, impositivas e intimidatorias, por miedo a un nuevo Conflicto Colectivo que llevara este tema a los tribunales.

A pesar de contar unicamente con representatividad en Granada y Malaga, a continuacion os mostramos la informacion recopilada por nuestra Seccion Sindical de CGT en Andalucia de los ultimos acontecimientos.

MEDIDAS APLICADAS A ESTE COLECTIVO TRAS LA NEGOCIACION DE MSCT

APLICACION DE UNA DISTRIBUCION IRREGULAR DE LA JORNADA (Art. 34 ET)

La empresa ha notificado una aplicacion de distribucion irregular de jornada consistente en 45 horas semanales a lo largo de los meses de abril, mayo y junio y septiembre y de 37,35 horas en los meses de octubre a diciembre.

La Seccion Sindical de CGT entiende que no esta justificada la medida, ya que no sirve para reducir costes en el proyecto, ni motivada, ya que no se motiva el hecho de que se incrementen las horas de trabajo en unos meses y se reduzcan en otros, puesto que en estas asistencias no hay mas carga de trabajo en los meses de abril a junio ni menos carga de trabajo en el resto de los meses.

La legislacion vigente permite esta medida contemplada en Convenio Colectivo o en su defecto por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, y en defecto de pacto, la empresa podra distribuir de manera irregular a lo largo del ano la jornada de trabajo. Ante este marco legal la empresa ha decidido aplicar unilateralmente esta medida sin haber contactado con los representantes de los trabajadores teniendo en cuenta que tampoco esta contemplada en el Convenio.

Tras estudiar esta medida con sus servicios juridicos CGT, planteo a los trabajadores, en Granada y Malaga, la opcion de impugnarla colectivamente, no llegandose a un acuerdo para iniciar los tramites respectivos, dejando unicamente la puerta abierta a demandas de caracter individual, siempre al amparo de los plazos legales de 20 dias desde la comunicacion de la medida.

DESPLAZAMIENTOS FORZOSOS DE CARACTER INDIVIDUAL

Desde el jueves dia 21 de abril, hemos sido testigos del envio de cartas de movilidad geografica a 5 companeros de las provincias de Sevilla y Cadiz, desplazados a Madrid y Malaga. Afectando a trabajadores/as con diferentes categorias profesionales y cargas familiares. Habiendo puesto la empresa el punto de mira en trabajadores/as afectados por demandas de cesion ilegal y con mayor antiguedad.

A traves de la informacion que nos ha llegado por medio de companeros/as y tras algunas llamadas telefonicas mantenidas con la Direccion, se nos ha transmitido la intencion de continuar con medidas tales como desplazamientos, tantos como fueran necesarios para reducir los costes del proyecto, dando la opcion de acogerse a la reduccion ?gvoluntaria?g de jornada y sueldo, dejando la puerta abierta a la posibilidad de acogerse a esta reduccion incluso el personal ?gsin cargas familiares?h, medidas que entendemos que van a perjudicar la calidad del servicio con el cliente, la Junta de Andalucia, por encontrarnos en un momento critico de inicio de nuevo periodo de aplicacion de la nueva Politica Agricola Comun (PAC), con lo que todo esto conlleva.

Desde CGT pensamos que esta medida no tiene mas intencion que la de inculcar el miedo en los trabajadores y empujarlos a tomar la unica salida posible para afectar lo menos posible a su vida personal y familiar, que es asumir la reduccion de jornada a 35 horas/semana al recibir la comunicacion y poder evitar asi el desplazamiento. Tampoco entendemos como los desplazamientos, y los costes que estos suponen, reduzcan los costes pretendidos por la Direccion.

NORMATIVA REFERENTE A LOS DESPLAZAMIENTOS FORZOSOS DE CARACTER INDIVIDUAL (Art. 40 ET)

La empresa tiene la obligacion de comunicar al trabajador afectado por el desplazamiento con una antelacion suficiente a la fecha de su efectividad que no podra ser inferior a cinco dias laborables en casos de desplazamientos de duracion superior a tres meses. Una vez comunicado el desplazamiento, el trabajador podra:

ASUMIR EL DESPLAZAMIENTO: Percibiendo del empresario ademas de los salarios, los gastos de viaje y las dietas. Si el desplazamiento tiene una duracion superior a tres meses, el trabajador tendra derecho a un permiso de cuatro dias laborables en su domicilio de origen por cada tres meses de desplazamiento, sin que se puedan computar como tales los de viajes, cuyos gastos correran a cargo del empresario.

ASUMIR EL DESPLAZAMIENTO E IMPUGNARLO DE FORMA INDIVIDUAL: El trabajador podra impugnar este en los 20 dias habiles siguientes a la notificacion, segun el cual la vista del juicio se debera tramitar por un procedimiento especial urgente dentro de los cinco dias siguientes a la admision de la demanda. La sentencia contra la cual no cabe recurso, sera inmediatamente ejecutada y sera dictada en un plazo de diez dias.

NORMATIVA REFERENTE A LA REDUCCION VOLUNTARIA DE JORNADA

La reduccion puede solicitarse por los siguientes motivos:

Guarda legal de un menor de 12 anos.
Cuidado de un familiar (padres, abuelos, hermanos, hijos, nietos?c) de cualquier edad que no trabaje y no pueda valerse por si mismo. No es necesario que tenga ningun tipo de invalidez.
Si tienes la guarda legal de cualquier persona que no trabaje.
Cuidado de un menor de 18 anos durante su hospitalizacion y tratamiento continuado por cualquier otra enfermedad grave que implique ingreso hospitalario de larga duracion.

Teniendo en cuenta las siguientes premisas:

Tienes proteccion frente al despido improcedente,
La indemnizacion por despido objetivo o rescision voluntaria del contrato lo cobras igual que si lo cobras a jornada completa,
El paro lo cobras igual que si estuvieras a jornada completa (importante revisar que el tramite este bien hecho con la SS para cobrar el 100% de paro),
Tu decides tu nuevo horario dentro de unos limites (siempre que este dentro de tu jornada habitual), pero desde la Reforma Laboral es necesario quitarse entre un 12,5% y un 50%, que afectaria al salario base, la parte proporcional de las pagas extras y la antiguedad.

En aplicacion a todo lo expuesto anteriormente, CGT y otras secciones sindicales estatales han interpuesto un Conflicto Colectivo en base a la flexibilidad horaria en la reduccion de jornada laboral.

Una vez mas la Direccion sigue mostrando desprecio hacia los profesionales de esta empresa, quienes gracias a nuestra implicacion ofrecemos un servicio de calidad a la Administracion, y gracias a la cual se le encomiendan mas trabajos. Con este tipo de medidas, tiranas y abusivas por parte de la Direccion, no demuestra mas que el desprecio a la Conciliacion de la vida familiar y laboral asi como la pesima gestion llevada a cabo en todo el GRUPO TRAGSA desde hace tiempo.

Como sindicato de clase que es CGT, tenemos la responsabilidad de actuar por todos los medios posibles ante cualquier ataque a los derechos de los trabajadores, observando vigilantes los movimientos de la Direccion y poniendo en marcha tanto medidas de caracter juridico como de accion sindical.

Quedamos a disposicion de cualquier trabajador/a para resolver todas las dudas que vayan surgiendo y mostraros nuestro apoyo.

!!DEFIENDE TU PUESTO DE TRABAJO Y TUS DERECHOS!!
!!POR EL REPARTO DEL TRABAJO Y LA RIQUEZA!!
!!SI NOS TOCAN A UN@ NOS TOCAN A TOD@S!!

Fuente: http://cgttec.es/2015/05/12/comunicaciones-de-traslados-a-trabajadores-de-la-direccion-general-de-fondos-agrarios-de-la-junta-de-andalucia/rn

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