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POR UN CODIGO ETICO DE LOS POLÍTICOS
Lunes 26 de octubre de 2009, por CGT-A
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La publicación de la Ley 7-2007 de 12 de abril del Estatuto del empleado publico establece, entre otros, el marco normativo que regula la conducta profesional de las personas que prestan servicio a la administración pública.

Es muy interesante conocer como los políticos que aprueban esta ley miran en el “ojo ajeno” , en este caso a los empleados y empleadas al servicio de las administraciones públicas de todo tipo y sin embargo no son capaces de ver “la enorme viga que tienen incrustada en su propio ojo”.

Cuantas de estas obligaciones serían aplicables a políticos y políticas que desde la transición (y van más de treinta años) vienen campando por sus respectos (sin respeto a la ciudadanía de la cual se acuerdan cada 4 años).

Un simple ejercicio de comparación permitiría definir el CODIGO DE CONDUCTA de aquellos que han decidido hacer de la política UNA PROFESIÓN bien remunerada.

Nos permitimos la licencia de cambiar la denominación de empleado publico por político y adaptar conceptos como inamovilidad por ejemplo que es contrario al concepto de rotación de cargos (aunque en ocasiones eso se convierte en absurdo a fuerza de reelecciones).

Por ejemplo, esta Ley 7-2007 de 12 de abril del Estatuto del empleado publico en su artículo 1 apartado 3, refleja entre otros los siguientes fundamentos de actuación:

a) Servicio a los ciudadanos y a los intereses generales.

b) Igualdad, mérito y capacidad en el acceso y en la promoción de los políticos.

c) Sometimiento pleno a la ley y al Derecho.

d) Igualdad de trato entre mujeres y hombres.

e) Objetividad, profesionalidad e imparcialidad en el servicio

f) Eficacia en la planificación y gestión de los recursos humanos.

g) Desarrollo y cualificación profesional permanente de los políticos.

h) Transparencia.

i) Evaluación y responsabilidad en la gestión.

Dedica esta ley su capitulo VI a definir los Deberes de los empleados públicos, creando de esta forma un Código de Conducta, concretando en su artículo 52 lo siguiente:

“Los políticos deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y deberán actuar con arreglo a los siguientes principios”. Principios que inspiran el Código de Conducta de los políticos configurado por los principios éticos y de conducta siguientes:

Objetividad.

Integridad.

Neutralidad.

Responsabilidad.

Imparcialidad.

Confidencialidad.

Dedicación al servicio público.

Transparencia.

Ejemplaridad.

Austeridad.

Accesibilidad.

Eficacia.

Honradez.

Promoción del entorno cultural y medioambiental.

Respeto a la igualdad entre mujeres y hombres.

Estos principios y reglas establecidos en ese Capítulo VI son exigibles ya que “informarán la interpretación y aplicación del régimen disciplinario de los empleados públicos”.

Solo son esto ya podríamos darnos por satisfechos pero además el artículos 53, dedicado a los Principios éticos y el 54 donde define los Principios de conducta, dan para mucho y bueno si se adaptaran para conformar un CODIGO ETICO de la acción política partidaria.

Las convocatorias de elecciones políticas no sirven (demostrado en treinta años), como el único elemento de “evaluación” de las practicas políticas. Las campañas electorales sucesivas van desanimando a la inteligencia de este país y mediante la publicidad crean espejismos que desorientan a las personas que aún se acercan a las urnas. Por ello es imprescindible que se defina este código ético para aquellos que se dedican a la política y ejercen cargos públicos, de forma que judicialmente les sea exigido personalmente. Es necesario acabar con la impunidad de aquellos que se amparan en su condición de ser elegido o designado políticamente.

Corren vientos de cambio azuzados por la tremenda crisis, no solo económica sino de ánimos, que padecen las familias trabajadoras, trabajadores y trabajadoras autónomos y la pequeña y mediana empresa. Es urgente apartar la ineptitud pronto para hacer posible una nueva sociedad que garantice los derechos de todos y todas a una existencia feliz.

Rafael Fenoy Rico Secretario de Jurídica y Comunicación CGT

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